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1115 • PUNTO FINAL

 

Jueves, 23 de junio de 2005

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  Todos los partidos que hace 18 años votaron las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida han saludado que éstas sean declaradas ahora como 'inconstitucionales'. Esta supuesta contradicción responde a la lógica de los acontecimientos. Es que mientras en 1987 el elenco de represores que se benefició con las leyes formaba parte activa de las Fuerzas Armadas, de su cúpula y de sus mandos medios, hoy en cambio se encuentra en 'retiro'. La mayoría ya supera los 70 años y en caso de ser procesados recibirán el beneficio de la prisión domiciliaria. La preservación del cuerpo de oficiales, por lo tanto, sigue asegurada.

No se puede pasar por alto que uno de los objetivos del fallo es fortalecer al poder judicial, cuestionado por todos lados, cuando éste está a punto de dictar sentencia sobre la validez de la pesificación, fallo que reclaman abiertamente los banqueros.

Por otro lado, la sentencia de la Corte no condena el terrorismo de Estado sino los crímenes de lesa humanidad, siguiendo la letra de la legislación internacional. O sea que admite que pueda haber crímenes de lesa humanidad por parte de otros que no son el Estado, por ejemplo una insurrección nacional que apele al terrorismo, como ocurre en Irak, o a una lucha guerrillera, como es el caso de las imputaciones que el gobierno colombiano y Bush le hacen a la FARC.

Con esta doctrina, por ejemplo, no habrá problemas para justificar el envío de tropas a Haití, o la eventual participación en operativos escusados en la 'defensa de la democracia boliviana', o sea en rescate de Repsol, British Petroleum y de Petrobrás.

MARCELO RAMAL
Argenpress
Colaboración ATTAC